La piel del esclavizado no fue solo el límite de su cuerpo, sino la superficie donde el imperio inscribió su derecho de propiedad. El grupo de los negros constituyó un sector social directamente explotado por los dueños de la tierra, los comerciantes y los funcionarios del Estado metropolitano. Esta explotación se hacía en virtud del sometimiento a la esclavitud que se impuso al negro, pues por tal condición era considerado como una simple cosa, una propiedad destinada a producir beneficios, que podía comprarse o venderse como cualquier medio de producción. El régimen de la esclavitud se hallaba sujeto a abundantes y curiosas disposiciones que aparecen detalladas en los libros III, VIII y IX de la Recopilación de Leyes de las Indias.

La carimba como derecho de propiedad
El negro esclavo, según tales disposiciones, podía ser marcado a fuego en la frente o en la espalda, pero esta costumbre fue suprimida por real orden en noviembre de 1784. Esta práctica, conocida como carimba, no era un simple castigo físico, sino un acto jurídico de profunda significación: el cuerpo se convertía en un testimonio andante que certificaba la pertenencia a un amo y la legalidad de su posesión. La marca era el equivalente somático de una escritura de propiedad, un sello que viajaba con el individuo y lo definía ante los ojos de la ley y de la sociedad.
La supresión de la marca física no significó una mejora en su condición, sino un giro en las técnicas de control administrativo del imperio. Los hijos de esclavos eran también esclavos, aunque nacieran de matrimonio legítimo, perpetuando así la condición de propiedad sobre la descendencia. La herencia de la esclavitud no dependía de la marca en la piel, sino de la sangre y el estatus jurídico de la madre, lo que convertía el vientre materno en la principal fábrica de riqueza para los amos y en una condena hereditaria para los nacidos bajo ese yugo.
El cuerpo como archivo judicial
Los negros esclavos podían adquirir su libertad, ya fuera porque la comprasen ellos mismos o por favor de sus amos; pero les estaba prohibido llevar armas, tener indios o indias a su servicio, andar de noche por ciudades, pueblos o lugares; además, sus mujeres no debían llevar prendas, mantos y seda. Se les prohibía también la entrada a encomiendas y pueblos de indios, ya que con estos podrían tener hijos cuya situación jurídica sería problemática. Estas restricciones no eran caprichos aislados, sino piezas de un engranaje diseñado para evitar alianzas sociales que pudieran subvertir el orden colonial y para mantener una rígida separación de castas.
No hubo prácticamente ningún aspecto de la vida de los negros que no estuviese rígidamente reglamentado. Todavía en mayo de 1789, por Real Cédula de Aranjuez, Carlos IV dictó un verdadero «código negro» para las colonias españolas, cuyas disposiciones tendieron hasta cierto punto a humanizar el trato de los esclavos. Se estableció entonces que los negros esclavos necesitaban descansar los días de fiesta de precepto; que se les debía suministrar habitación y cama, asistencia durante la enfermedad, gastos de defunción y mantenimiento en caso de invalidez; que disponían del derecho de libre elección matrimonial, pero el dueño del marido debía comprar a la mujer, o el amo de la mujer al marido; que las mujeres tenían que disponer de labores adecuadas, separadas de los hombres, y no podían ser jornaleras. Reformas económicas y paternalistas que, en la práctica, buscaban optimizar la fuerza de trabajo y garantizar la reproducción biológica de la mano de obra sin alterar el orden jerárquico colonial.

Pino Iturrieta, E. (Coord.). (2006). Historia Global de Venezuela: Vol. I. Venezuela Precolombina y época colonial. Editorial Globe. ISBN 980-6427-14-9. Depósito Legal: lf 816200590052.A. CC-BY-NC-ND 4.0.
El impacto de las reformas económicas y la resignificación de la identidad frente al estigma colonial
Este grupo social no era muy homogéneo, pues en él hubo negros esclavos, negros libres y negros cimarrones. Estos últimos se habían venido formando, desde que empezaron a llegar al país, en las montañas y selvas de la región centrooccidental, adonde se fugaban para escapar del maltrato y la explotación de sus amos. El cimarronaje representó la negación más radical del sistema de la carimba: la fuga hacia un territorio donde el cuerpo dejaba de ser un archivo de propiedad para convertirse en un espacio de libertad y autodeterminación.
Los negros esclavos, que eran los más numerosos, se hallaban jurídica y socialmente en la peor situación, pues sobre ellos recaía todo el rigor de las disposiciones y medidas señaladas. Permanecían tan oprimidos social y políticamente que muy cerca estaban de la condición de castas, a pesar de que su trabajo originó y seguía originando gran parte de las fortunas de los ricos hacendados criollos y españoles. La paradoja económica era evidente: la base de la prosperidad colonial descansaba sobre los hombros de quienes carecían de los derechos más elementales.

Los negros libres constituían un subgrupo pequeño, de unos 25.000 individuos a finales del siglo XVIII, ya que no era muy común que los esclavos obtuvieran su libertad; y su condición social se diferenciaba poco de la que presentaban los pardos, con quienes generalmente se integraban en gremios y cofradías, espacios donde tejieron redes de solidaridad y resignificaron su identidad frente al estigma colonial. La dinámica demográfica del grupo de los negros fue fatalmente lenta, pues su estrato más importante, los esclavos, estaba sometido a tan desfavorables condiciones que le era difícil desarrollar toda su fuerza reproductora. Por ello, en la década final del siglo, los negros no pasaban de unas 100.000 personas, sin tener en cuenta a los cimarrones, cuyo número es imposible precisar. La huella de la carimba, aunque prohibida en noviembre de 1784, permaneció en el imaginario social como el recordatorio de una herida que el tiempo y la resistencia convirtieron en memoria fundacional.
Fuentes Oficiales
- Academia Nacional de la Historia (Venezuela). Civiles-Esclavos (1700-1858). Archivo digital. Disponible en: https://www.anhvenezuela.org.ve/
- Fundación Empresas Polar. Diccionario de Historia de Venezuela. BiblioFEP. Disponible en: https://bibliofep.fundacionempresaspolar.org/
- Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Colección general de los tratados públicos celebrados por Colombia y Venezuela. Disponible en: https://www.cervantesvirtual.com/nd/ark:/59851/bmc9w272
- Redalyc. Procesos Históricos: El miedo al esclavo a finales del siglo XVIII venezolano. Disponible en: https://www.redalyc.org/
- Red Historia Venezuela. La Historia de los Esclavos Afro-Venezolanos (1700-1858). Disponible en: https://archivo.redhistoriave.org/coleccion/la-historia-de-los-esclavos-afrovenezolanos-1700-1858
- Dialnet (Universidad de La Rioja). Tiempo y Espacio: La culpa o la vida. El miedo al esclavo a finales del siglo XVIII venezolano. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/
- Pino Iturrieta, E. (Coord.). (2006). Historia Global de Venezuela: Vol. I. Venezuela Precolombina y época colonial. Editorial Globe. ISBN 980-6427-14-9. Depósito Legal: lf 816200590052.A. (pp. 220-221).
Dos por Venezuela Oficial © 2026. Licencia CC BY-NC-ND 4.0 Internacional.